Propuesta del PP de Viladecans para el Pleno de octubre
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Propuesta del PP de Viladecans para el Pleno de octubre

PROPUESTA PARA SOLICITAR LA SUSPENSIÓN TEMPORAL O MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA IMPLANTACIÓN DEL NUEVO SISTEMA DE RECOGIDA DE RESIDUOS EN VILADECANS Y LA APERTURA DE UN PROCESO DE NEGOCIACIÓN VECINAL Y POLÍTICA

Fina Redondo Solís, en representación del Grupo Popular, en base al el art. 106 de Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Municipal y de régimen local de Cataluña y conforme a lo previsto en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, eleva al Pleno la Propuesta que trae su causa en la siguiente: 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PRIMERO. El Ayuntamiento de Viladecans ha iniciado el despliegue del nuevo sistema de recogida de residuos, basado en la instalación de contenedores cerrados e identificación de usuarios, por un lado, y la implantación del puerta a puerta por otro.

SEGUNDO. Esta implantación ha generado incidencias y malestar ciudadano debido a problemas logísticos, horarios, accesibilidad y percepción de falta de información. Además, experiencias en otros municipios muestran que la transición a estos sistemas requiere un proceso más gradual y consensuado para garantizar su aceptación y eficacia.

TERCERO. A la luz de estas circunstancias, y atendiendo al interés público, se considera necesario solicitar la suspensión temporal o modificación parcial del contrato vigente de recogida de residuos, de acuerdo con la cláusula 6.10 (suspensión del contrato) y cláusula 6.9 (modificación por razones de interés público) del Pliego de Condiciones del Servicio, y conforme a los artículos 203 a 207 de la Ley 9/2017, de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).

CUARTO. Esta medida no implica una resolución contractual, sino un ajuste temporal y motivado de la fase de implantación del nuevo modelo, con el fin de abrir un proceso de diálogo y participación vecinal, realizar una evaluación técnica independiente y garantizar la máxima transparencia en la toma de decisiones que afectan al conjunto de la ciudadanía.

FUNDAMENTOS NORMATIVOS

A- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

B- Reglamento Orgánico Municipal (ROM) del Ayuntamiento de Viladecans, en lo referente a la tramitación de mociones, competencias del Pleno y creación de órganos consultivos.

C- Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP), artículos 203 a 207 sobre modificación y suspensión de contratos por razones de interés público.

D- Pliego de Condiciones del contrato vigente de recogida de residuos de Viladecans, cláusulas 3.1, 6.9 y 6.10.

E- Ley 19/2014, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de Cataluña.

F- Directiva 2008/98/CE sobre residuos y jerarquía de gestión de residuos.

Por todo lo expuesto instamos al equipo de gobierno municipal de Viladecans a los siguientes,

ACUERDOS

Primero. Solicitud de suspensión temporal o modificación parcial del contrato vigente.

El Pleno del Ayuntamiento solicita al órgano de contratación, de acuerdo con la LCSP, que acuerde la suspensión temporal o modificación parcial de la implantación del nuevo sistema de recogida de residuos, en virtud de la cláusula 6.10 del Pliego de Condiciones y de los artículos 203 a 207 de la LCSP.

Esta solicitud se formula por razones de interés público, derivadas de la necesidad de garantizar la participación ciudadana, la salubridad, la eficiencia económica y la aceptación social del nuevo modelo. La suspensión o modificación tendrá carácter temporal, no supondrá resolución contractual y se formalizará mediante acta de suspensión parcial firmada por ambas partes, concesionaria y Ayuntamiento, conforme exige el Pliego.

Segundo. Solicitud de informes técnico y jurídico previos.

Antes de formalizar la suspensión o modificación, el Ayuntamiento deberá recabar informe técnico que justifique la necesidad, impacto ambiental y económico de la medida, así como el informe jurídico que determine su encaje legal y contractual, de acuerdo con el procedimiento previsto en la LCSP.

Tercero. Mantenimiento del servicio actual y medidas de refuerzo.

Durante la suspensión o modificación parcial, se mantendrá el sistema actual de recogida de residuos, reforzando la limpieza viaria, la gestión de incidencias y las campañas de sensibilización ciudadana.

Cuarto. Constitución de una Mesa de Diálogo y Seguimiento.

Debido a la importancia del tema, en un plazo máximo de 30 días, se constituirá una Mesa de Diálogo y Seguimiento, de carácter consultivo y conforme al ROM, presidida por Alcaldía o la Concejalía competente e integrada por:

- Asociaciones vecinales y entidades cívicas

- Representantes del comercio local y la hostelería

- AMPAs/AFA

- Entidades juveniles

- Entidades ambientales locales

- Representantes sindicales del servicio

- Técnicos municipales y representantes del AMB/ente supramunicipal

- Un representante por cada grupo municipal.

La Mesa elaborará su reglamento interno, calendario y plan de trabajo, con el objetivo de emitir recomendaciones y propuestas consensuadas para la mejora del servicio.

Quinto. Evaluación técnica comparada e informe independiente.

El Ayuntamiento encargará un informe técnico independiente, que analice:

- Diagnóstico del sistema actual y línea de base

- Comparativa de modelos alternativos, contenedores inteligentes, puerta a puerta, sistemas híbridos, etc..

- Impactos económicos, ambientales y sociales

- Indicadores de rendimiento y satisfacción ciudadana

- Riesgos y medidas de mitigación

- Revisión de cláusulas contractuales aplicables a la modificación o suspensión.

Sexto. Proceso de participación ciudadana.

Se llevará a cabo un proceso de participación con sesiones abiertas por barrios, encuestas municipales y canales de aportación digital, así como un informe público de retorno con las conclusiones.

Séptimo. Transparencia y comunicación.

El Ayuntamiento publicará mensualmente en su web los datos sobre incidencias, costes, indicadores de recogida selectiva y documentación del proceso (actas, informes, cronograma, contratos, etc..). Además, se pondrá en marcha un plan de comunicación y acompañamiento accesible e inclusivo para toda la población.

Octavo. Neutralidad presupuestaria.

Hasta la aprobación de un modelo definitivo, no se incrementará la tasa de residuos sin una memoria económica justificativa y acuerdo del Pleno.

Noveno. Traslado del acuerdo.

Dar traslado del presente acuerdo a la empresa concesionaria del servicio, al Área Metropolitana de Barcelona (AMB), en su condición de ente supramunicipal competente, a todas las asociaciones de vecinos y entidades locales implicadas.

Viladecans, 18 de octubre de 2025

La portavoz

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2025-10-26-Propuesta Pleno octubre
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